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| Funciones | ||
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Este negociado se encarga de la gestión, tramitación y recaudación de los distintos impuestos y tasas municipales: - I.B.I. urbana (Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana) . I.B.I. rústica (Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica) - I.AA.EE. (Impuesto sobre Actividades Económicas) - I.V.T.M. (Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) - I.V.T.N.U (Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana). - I.C.I.O. (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras). - VADOS (Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública, aparcamiento, parada y carga y descarga de mercancias) - MESAS Y SILLAS (Tasa para la ocupación de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa) |
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| Responsable de negociado | ||
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Paloma Hernández Sorolla |
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| Ubicación | ||
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Primera planta del Ayuntamiento, Plaça del Jardí, 7. |
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| Calendario fiscal ejercicio 2008 | ||
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| Ordenanzas | ||
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ORDENANZA GENERAL DE GESTIÓN, RECAUDACIÓN E INSPECCIÓN DE LOS TRIBUTOS Y OTROS INGRESOS DE DERECHO PÚBLICO LOCALES
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| La presente Ordenanza General, dictada al amparo de lo previsto en el artículo 106.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en los artículos 11, 12.2 y 15.3 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, modificada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, contiene normas comunes, tanto sustantivas como de procedimiento, que se considerarán parte integrante de las Ordenanzas fiscales y de los reglamentosinteriores que se puedan dictar relativos a la gestión, recaudación e inspección de los ingresos de derecho público municipales. | ||
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ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA VENTA EN MERCADOS
TRADICONALES, MERCADILLOS Y CUALQUIER OTRO TIPO DE VENTA NO SEDENTARIA EN EL MUNICIPIO DE ALBAL
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| Este Ayuntamiento de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 106.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y de conformidad con lo previsto en los artículos 57 y 20 del RD Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, establece la tasa por la venta en mercados tradicionales, mercadillos y cualquier otro tipo de venta no sedentaria en el municipio de Albal, que se regulara por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada Ley Reguladora de las Haciendas Locales. | ||
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TASA POR LA PUBLICIDAD INSTALADA O EFECTUADAEN EL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL O PERCEPTIBLES DESDE EL MISMO
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| La presente Ordenanza tiene por objeto regular los Precios Públicos exigibles por el Ayuntamiento de Albal, como prestación pecuniaria por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del Dominio Público Municipal, por la Publicidad instalada o efectuada en el mismo o perceptible desde él. | ||
| Formularios | ||
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Emisión de duplicado de recibo en periodo voluntario
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Copia de recibo pagado
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Domiciliación bancaria
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| Enlaces | ||
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Correo electrónico de Gestión Tributaria
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Internet
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| Preguntas más frecuentes |
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¿Dónde puedo pagar un recibo?
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| En la parte posterior de los impresos de recibo figura una relación de todas las entidades bancarias que colaboran con el Ayuntamiento de Albal para la recaudación de tributos. De todas formas, las oficinas son: CAM, Caja Rural de Albal, La Caixa, Banco de Valencia, Barclays, Banco Popular, BBVA. |
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Si he perdido mi recibo, ¿dónde puedo solicitar un duplicado del mismo?
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| Puede personarse en las oficinas municipales (1ª planta) y solicitar un duplicado del recibo que no encuentra. O bien, si lo prefiere, puede solicitarlo mediante los formularios que están en cada una de las secciones a tal efecto. |
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Necesito una copia de un recibo que pagué en ejercicios anteriores, ¿dónde puedo solicitarla?
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| Puede personarse en las oficinas municipales (1ª planta) y solicitar un duplicado del recibo que no encuentra. O bien, si lo prefiere, puede solicitarlo mediante los formularios que están en cada una de las secciones a tal efecto. |
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