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Funciones
 
Tramitación de licencias y autorizaciones ambientales de locales sujetos a la normativa de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como el cambio de titularidad de las mismas.
 
 
Ubicación
 
2ª Planta del Edificio Consistorial, Plaça del Jardí, 7.
 
Horario de atención al público
 
De lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
 
Impresos
 
Solicitud Certificación de Compatibilidad Urbanística
  Impreso de Solicitud de Certificación Urbanística
   
Solicitud Licencia Ambiental.
  Impreso de Solicitud de Licencia Ambiental.
   
Solicitud Comunicación Ambiental
  Impreso de Comunicación Ambiental
   
Transmisión de Licencia Ambiental
  Impreso de Transmisión de Licencia Ambiental
   
Transmisión de Comunicación Ambiental
  Impreso de Transmisión de Comunicación Ambiental.
   
Solicitud Licencia Actividad Recreativa o Establecimiento Público
  Impreso de solicitud Licencia Actividad Recreativa o Establecimiento Público.
   
 
Preguntas más frecuentes
 
¿Cuándo debo solicitar licencia de apertura?
Cuando implante cualquier instalación, establecimiento, actividad mercantil, industria o almacenamiento sea oficial, particular público o privado

 
 
¿La licencia se tramita igual en todos los casos?
No, la tramitacióm varía según se trate de licencia o comunicación ambiental.

 
 
¿Cuál es la diferencia entre la licencia y la comunicación ambiental?
A grosso modo, podrían equipararse a las anteriores licencia de actividad calificada y actividad inocua.

La regulación en esta materia venía dada, en el caso de las actividades calificadas, por la Ley 3/89, de 2 de mayo de Actividades Calificadas de la Generalitat Valenciana, regulándose las inocuas por lo dispuesto en el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales de 17 de junio de 1955.

Las actividades se consideraban como calificadas cuando el desarrollo de las mismas producían efectos insalubres, nocivos molestos o peligrosos y así se recogían en el Decreto 54/1990 de 26 de marzo del Consell de la Generalitat Valenciana por el que se aprueba el Nomenclator de Actividades Molestas , Insalubres, Nocivas y Peligrosas, siendo inocuas las no consideradas como calificadas.

Hoy la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental de la Generalitat ha derogado la Ley 3/89 de Actividades calificadas y da una nueva regulación a esta materia, diferenciando ahora tres grandes categorías, a saber:

- Autorización ambiental integrada.
- Licencia ambiental.
- Comunicación ambiental.

- La autorización ambiental integrada, se tramitará únicamente para la construcción, montaje, explotación o traslado de las instalaciones en que se desarrollen alguna de las actividades referidas en el anexo I de la Ley 2/2006, y que son básicamente grandes industrias pesadas como: refinerías, instalaciones de combustión, fundiciones de metales,cementeras, industrias químicas, industrias del cuero y otras análogas.
Estas industrias son aquellas que tienen una tramitación más compleja al intervenir en ella la Administración autonómica y al requerirse numerosos informes sectoriales.

- La licencia ambiental, sería la equivalente a la anterior licencia de actividad calificada y debe solicitarse para la construcción, montaje, explotación o traslado de las instalaciones en que se desarrollen alguna de las actividades de titularidad pública o privada no sometidas a autorización ambiental y que figuren en la relación que se aprobará reglamentariamente (en tanto no se dicte este reglamento se estará a lo dispuesto en el Nomenclator de Actividades Molestas , Insalubres, Nocivas y Peligrosas).

-Por último se someten a régimen de comunicación ambiental no incluidas en ninguna de las dos anteriores categorías (siendo equivalentes a las anteriores licencias de actividad inocua).
.

 
 
¿Qué debo hacer para saber que tipo de actividad es la que pretendo abrir y que licencia debo pedir?
Sin perjuicio de la posibilidad de consultar los textos legales referidos en la pregunta anterior, puede dirigirse al negociado de actividades, concretamente al Ingeniero Técnico Industrial el cual le indicará de qué tipo de actividad se trata en función de la potencia a instalar, la existencia o no de aparatos de aire acondicionado, etc.

 
 
¿Que documentacion tengo que aportar para tramitar la licencia o comunicación ambiental?
En los propios impresos municipales se detalla toda la documentación necesaria para la tramitación.

 
 
¿ Cuál es el importe de la tasa a satisfacer para cada tipo de licencia?
Depende del tipo de actividad, deberá consultarse la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tasa por Licencia de Apertura de Establecimientos.

 
 
¿Para establecer mi actividad necesito habilitar un local y realizar obras ¿qué licencia debo pedir primero?
De conformidad a lo previsto en el art. 28 de la Ley 3/2004, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de Calidad en la Edificación (LOFCE) , la licencia municipal de edificación tiene el carácter de Resolución única y llevará implícita la concesión de las restantes licencias que pudieran corresponder, por lo cual deben pedirse las dos a la vez y se resolverán en una única resolución.

Ahora bien, el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, aprobado por Decreto 67/2006 de 12 de mayo del Consell, establece en su art. 474.4 que se podrá tramitar y otorgar la licencia de edificación aunque no se haya obtenido la otra licencia, cuando quien tenga la disponibilidad civil del inmueble asuma la plena responsabilidad de las consecuencias que pudieran derivar de la eventual denegación posterior de la otra licencia. La asunción plena de responsabilidad deberá efectuarse en instrumento público notarial o ante el Secretario del Ayuntamiento.

 
 
Tengo licencia de apertura de un bar, ¿me da derecho a sacar sillas y mesas a la vía pública cuando llegue el buen tiempo?
No, deberá solicitar al Ayuntamiento la ocupación de vía pública y satisfacer la tasa correspondiente.

 
 
Si deseo abrir una actividad de temporada que sólo funcione en verano, ¿pagaré lo mismo que una actividad permanente?
No, de acuerdo con la Ordenanza Municipal abonará el 50%.

 
 
He presentado la solicitud de licencia o comunicación ambiental y he satisfecho la tasa correspondiente. ¿ puedo empezar a ejercer la actividad?
No, sólo podrá funcionar a partir de que se haya dictado Resolución autorizando el inicio de la actividad y la licencia de apertura.
La regulación de esta materia se recoge en los arts. 63 y 64 de la Ley 2/2006, en los cuales se recoge además el régimen del silencio fijando que las licencias de apertura o las autorizaciones de inicio de la actividad se entenderán otorgadas por silencio administrativo en el plazo contado desde su solicitud, de un mes para las que previamente se haya concedido la licencia ambiental y en el de dos meses para las que previamente se les haya otorgado la autorización ambiental.

 
 
Tengo un negocio y me quiero cambiar de local. ¿Me vale la misma licencia?
No, deberá solicitar nueva licencia, pues la licencia de actividad se concede a un emplazamiento concreto con unas condiciones de seguridad e higiene específicas.

 
 
He presentado la solicitud de licencia de apertura y he satisfecho la tasa correspondiente. ¿Puedo empezar a ejercer la actividad?
No, sólo podrá funcionar a partir de que se haya otorgado la licencia de actividad, en el caso de las inocuas, y el acta de comprobación favorable en el caso de las calificadas.

 
 
¿Un garaje de uso privado requiere licencia de actividad?
De conformidad a lo dispuesto en el art. 28.2 de la LOFCE en los supuestos de edificios cuyo uso principal sea el de vivienda y que complementariamente incluya garajes y siempre y cuando estos estén vinculados exclusivamente en sus respectivas viviendas o sirvan a los propietarios o arrendatarios de éstas o de los locales del propio edificio, la licencia municipal de edificación llevará implícita la concesión de la licencia de actividad de los garajes.

 
 
Quiero montar una actividad ¿cómo puedo saber si en el lugar elegido esta permitido?
La tramitación de una licencia ambiental o de una comunicación ambiental tiene como primer paso, con carácter previo al pago de la tasa y presentación de la documentación contemplada en el impreso municipal, la solicitud de un certificado de compatibilidad urbanística, cuyo objeto, precisamente es determinar la posibilidad de tramitar la licencia o no según las determinaciones del planeamiento municipal.

 
 
Me molesta el funcionamiento de una actividad. ¿Qué puedo hacer?
Deberá presentar instancia general en el Registro de la Corporación solicitando inspección técnica municipal.

 
 
Tengo una licencia de actividad a mi nombre como persona fisica, pero he constituido una sociedad ¿ me sirve la licencia?
La constitución de una sociedad hace necesario la transmisión de la licencia a la misma, en cuanto el titular de la actividad varía.
Ahora bien la transmisión de la instalación o actividad no exigirá nueva solicitud de autorización ambiental integrada, licencia ambiental o comunicación ambiental, sino que únicamente el nuevo titular está obligado a comunicar al Ayuntamiento la transmisión.
Dicha comunicación se realizará por escrito en el plazo de un mes desde que se hubiera formalizado el cambio de titularidad.
De no llevarse a cabo la comunicación el antiguo y nuevo titular quedan sujetos de forma solidaria a todas las responsabilidades y obligaciones derivadas de la autorización ambiental o la licencia ambiental.

 
 
 
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