ACTUALIDAD
  Revista 'El Replà'
  ADMINISTRACIÓN
  Tablón de anuncios
  Organigrama
  Secretaría
  Intervención
  Urbanismo y Servicios
  Servicios Sociales
  Agencia Desarrollo Local
  Padrón Municipal de Hab.
  Registro de Actividades
  Personal y Contratación
  Registro General
  Gestión Tributaria
  I.B.I.
  I.AA.EE.
  I.V.T.M.
  I.V.T.N.U.
  I.C.I.O.
  Tasas y otros
  Policía Local
  Impresos
  Ordenanzas
  A.M.I.C.

www.albal-ayto.com

Valencià
Castellano


 
 
Funciones
 
- Gestión del Padrón Municipal de Habitantes: altas, bajas, modificaciones.
- Expedición de certificados de residencia y convivencia.
 
 
Ubicación
 
Edificio Consistorial, Plaça del Jardí, 7.
 
 
Trámites y requisitos
 
Los certificados de convivencia y empadronamiento se solicitarán en la instancia general existente en el Ayuntamiento. (Ver Impresos).

Cualquier otra actuación, como las altas y bajas padronales, se realizará en el mismo momento en el Ayuntamiento, sin que exista ninguna instancia a disposición del particular.
 
Formularios
 
Solicitud de Certificado del Padrón
 
Preguntas más frecuentes
 
¿Qué se necesita para empadronarse en este municipio?
1.- Que la vivienda en la que desea realizarse el empadronamiento tenga la Licencia de Primera Ocupación.
2.- Fotocopia y original para su cotejo de:
- Documento Nacional de Identidad.
- Escritura de propiedad o contrato de alquiler.
- Libro de Familia, si hay menores de edad.

Cuando exista una persona ya residente en la vivienda sólo se necesitará para empadronarse:
- Fotocopia y original para su cotejo de:
- Documento Nacional de Identidad.
- Un recibo de la vivienda
- Deberá firmar en el Ayuntamiento la persona anteriormente inscrita.

En caso de extranjeros, lo mismo, con fotocopia del pasaporte o tarjeta de residencia.

 
 
¿Qué se necesita para inscribir un recién nacido?
1.- Figurar empadronados los padres.
2.- Fotocopia del Libro de Familia.

 
 
¿Qué se necesita para solicitar un cambio de domicilio?
- Presentación del Documento Nacional de Identidad.
- Firma del interesado.
- En caso de no poder personarse, representación firmada por el interesado.

 
 
En caso de fallecimiento de una persona empadronada en el Municipio ¿Es necesario tramitar su baja en el padrón?
- No, la baja se causa de oficio y nos es notificada por el Instituto Nacional de Estadística.
- En caso de necesitar cualquier certificación deberá aportar fotocopia de la partida de defunción y después solicitar el certificado por Registro General de Entrada.

 
 
¿ Para darse de Alta en el Padrón Municipal de Habitantes, es necesario solicitar la baja en el municipio anterior?
No, le corresponderá tramitar la Baja al municipio donde solicite el Alta.

 
 
¿Qué se necesita para solicitar un certificado de empadronamiento?
- Deberá personarse en las Oficinas Municipales en la segunda planta con el Documento Nacional de Identidad.
- Si son certificados donde se necesita que se justifiquen los años que figuren empadronados, deberán solicitarlos, por escrito, en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento.

 
 
¿Qué se necesita para solicitar un Certificado de Convivencia?
- Deberá solicitarlo por escrito en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. Su plazo de tramitación son quince días.

 
 
 
© Ayuntamiento de Albal · Pça. del Jardí, 7 · 46470 ALBAL (Valencia) ·
telf: 96 126 00 56 · info@albal-ayto.com